Por Euclides da Cunha (1907)
Ya que este no ha tenido lugar, el infrascrito cumple las órdenes de S. E. el Presidente del Perú protestando contra el mencionado Tratado de 27 de Marzo, en cuanto ataca por su artículo 2o los derechos territoriales del Perú.
El infrascrito tiene el honor de reiterar á S. E. el señor Ministro de Relaciones Exteriores de Bolívia, las seguridades de alta consideración con que se suscribe de S. E. muy atento y muy obediente servidor.
(Firmado) J. A. Barrenechea.
Excmo. Señor Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Bolívia.
140 141
CAPÍTULO II
CONTRA-PROTESTA DE BOLÍVIA
Ministerio de Relaciones Exteriores da Bolívia. — Sucre Febrero 6 de 1868.
Señor: He tenido el honor de recibir por el último correo, el interesante despacho que V. E. se ha servido dirigirme con fecha 27 de Diciembre último, en el cual, con motivo del Tratado que Bolívia ha cele brado con el Brasil el 27 de marzo del año próximo pasado, y á fin de salvar, según se expresa, los derechos del Perú, comprometidos en este acto internacional, V. E. tiene á bien protestar contra el mencionado Tratado, en cuanto ataca por su articulo 2o los derechos territoriales del Perú.
Antes de recibir el citado despacho de V. E., ya tuve ocasión de verlo publicado en El Comercio de esa Capital, y aguardaba sólo recibir el ejemplar auténtico para contestar á V. E., como paso á hacerlo.
Sensible es para el Gobierno de Bolívia que el ejercicio de un acto internacional de su exclusiva competencia y que ninguna relación tenia con los altos fines de la Alianza del Pacífico, a la cual adhirió con la mayor expontaneidad, haya podido considerarse como objeto de un cargo, desde luego inmotivado, contra sus propósitos, igualmente perseverantes que los del Perú, para fortificar la unión por una reciprocidad de miras y de sentimientos, de que tiene dadas algunas pruebas.
Menos podia considerarse en la obligación de buscar una inteligencia previa con el Perú, por mas motivos de fraternidad y estrechez cordial que lo unam con él, desde que se trataba de una negociación en la cual sólo Bolívia debia comprometerse, siendo también a ella exclusivamente, a quien debia favorecer ó perjudicar aquel Tratado, sin que sea parte á inclinaria en el sentido que expresa V. E., la circunstancia de ballarse aún sin definirse y demarcarse sus limites con el Perú, puesto que por el mismo art. 12 del Tratado de Paz y Amistad entre las dos Repúblicas, cualquiera de las Altas Partes Contratantes podia y puede tomar la iniciativa para arreglar definitivamente los limites de sus respectivos territorios, como en él se halla estipulado. Extrañar que no se haya dado al Perú noticia previa en un negocio privativo de Bolívia, parece que era innecesario y que lo será siempre.
Entretanto, el Gobierno de Bolívia se hace un honor en reconocer la altura con que el de esa República declara: que "nada se halla, sin embargo, más distante del Gobierno del Perú que la idea de intervenir, en lo menor, en las cuestiones que son de la exclusiva competencia del Gobierno boliviano." Este profesa igual principio y está resuelto a observalo con lealtad invariable.
Pasando al fondo de la cuestión y prescindiendo de que en la relación íntima que existe entre ambos países, más natural y obvio era, acaso, pedir uma explícación prévia, (como lo hizo Bolívia respecto al Tratado de 1o de Mayo de 1865, concluido entre el Imperio del Brasil y dos Repúblicas del Plata) reservando la protesta para después de conocer el esprito y tendencias de los Estados signatarios; pasando, repito, al fondo de la cuestión, me bastaria declarar a V. E. que, sin estimar fundada la protesta, el Gobierno de Bolívia, que sabe respetar los derechos ajenos, no ha intentado menoscabar los del Perú en el Tratado de 27 de Marzo, el cual no compromete ni en un palmo de terreno los intereses peruanos, por más que V. E. se esfuerce en atribuir al Brasil la absorción de cerca de 10 000 leguas cuadradas, que se permite suponer cedidas por Bolívia en prejuicio del Perú.
Mas, como V. E. funda su protesta en varias apreciaciones, igualmente inexactas, me veo en el deber de refutarlas, rectificando los hechos y manifestando la verdad de las cosas.
Principiaré por bacer notar a V. E. que en el mapa oficial de Bolívia de 1859, no es exacto que el rio Madera comience en la confluencia del Guaporé con el Mamoré, aún cuando esta aserción se halle conforme según dice V. E., con los más acreditados mapas. Lo que hay de evidente es que, en el mapa oficial de Bolívia de 1859, reunidos el rio Itenez ó Goaporé con el Mamoré, en la longitud 67o 55' del meridiano de Paris y a la latitud Sur 11o 22', continúan su curso bajo el nombre exclusivo de Mamoré, el cual unido al rio Beni, en la longitud 68o 40' y a la latitud Sur 10o 20' recibe la denominación de Madera, con que signe su curso hasta incorporarse al Amazonas.
(continua...)
Baixar texto completo (.txt)CUNHA, Euclides da. Peru versus Bolívia. 1907. Disponível em: https://www.dominiopublico.gov.br/pesquisa/DetalheObraForm.do?select_action=&co_obra=1662 . Acesso em: 17 jun. 2026.